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Agridulce Incompetencia

febrero 22, 2010

Julio José Orozco
Abogado Comercialista de la firma OROZCO Legal & Co.
www.orozco.legal
j.orozco@orozco.legal

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Diario LA REPÚBLICA / Asuntos Legales

Interesante ha resultado el debate jurídico y económico entre la Superintendencia de Industria y Comercio y la Industria Azucarera del país. Más de 5 millones de dólares como sanción a ésta, por la ilegal conducta de «fijación de precios», ha despertado en nosotros los abogados el deseo incontenible de investigar sobre los antecedentes de tan importante pero sorprendente medida; sana para el país, su imagen en el exterior, saludable para su mercado, pero inesperada.

Muchos actores de la industria colombiana perciben hasta hoy que los precios de productos como la caña, el café y el arroz se establecen dentro del mercado en libres condiciones de oferta y demanda. La verdad, esto dejó de ser así desde hace más de 30 años. Para el caso especial de los ingenios azucareros, éstos determinaron una fórmula para pagarle a los cañicultores; fórmula que les permitía coordinar el precio de la caña y mantenerlo a la baja; metodología que se ha venido aplicando silenciosamente y sin modificaciones. La razón económica para mantener dicha fórmula no fue, lastimosamente, demostrada a pleno en el proceso que se siguió en la Superintendencia. Adicionalmente, se estudió si los Ingenios acordaron secretamente “zonas de exclusividad”, repartiéndose los proveedores de caña en búsqueda de igual propósito, evitando así que ellos pudieran negociar un mejor precio con otro comprador, pero de la misma manera no se alcanzó a probar.

Sin embargo, dicha situación merece nuestro jurídico análisis: Las barreras de entrada hoy para explotar el negocio del azúcar en Colombia no son despreciables. Muchos factores impiden que pueda entrar un competidor adicional y esto, precisamente, ha facilitado dicha coordinación ilegal de la que habla la Superintendencia. A título pedagógico, imaginemos por un momento que los 3 operadores de telefonía móvil en Colombia, -al advertir que están solitarios en el mercado colombiano-, es decir; sin posibles competidores en el corto y mediano plazo, concertaran secretamente subir un 10% el precio de sus minutos. Sus ganancias serían cuantiosas naturalmente, pero el mercado y bolsillo de las personas en general se afectaría de una manera sin precedentes. Ya sucedió lo mismo con la industria del cemento y, de no haber sido intervenida por la misma infracción, quién sabe qué habría sucedido con el índice de la construcción. (!)

Es el “mercado” el bien jurídico tutelado en este preciso caso; No son más de 13 las empresas refinadoras de azúcar en cantidad industrial y no menos de 5 las que tienen capacidad de producir etanol en grandes cantidades. El Gobierno, a través de su autoridad reguladora de la competencia, la Superintendencia de Industria y Comercio, ha intervenido el mercado para protegerlo de una industria que, visto el proceso, tiene la lamentable configuración de un oligopolio. Como si fuesen los hijos quienes se concertaran para fijarle la mesada a sus padres, la industria nacional azucarera, según dicta la resolución, se concertó para fijarle un precio a la caña.

Cabe anotar que los Ingenios Azucareros tuvieron la oportunidad, durante más de 3 años, de ofrecer al Superintendente alternativas que garantizaran una libre competencia en el mercado de la caña de azúcar, como lo permitía la ley. Importante advertencia para las empresas dado que la nueva Ley de Competencia establece que las garantías sólo se pueden solicitar al comienzo de un proceso.

Dura frase para la historia de esta disciplina la que se registra en la película «The Informant!» con Matt Damon, que recomiendo sin duda para entender el alcance de estas normas y que narra la increíble historia de ADM (Archers Daniels Midland company) para el año de 1990, donde el FBI le investigó por -Price Fixxing-: “Las industrias no somos enemigas entre nosotras; nuestros reales enemigos son los clientes!”.

Julio José Orozco O.
OROZCO Legal & Co.
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