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ALERTA: PROYECTO DE LEY DE «BORRÓN Y CUENTA NUEVA» ENCARECERÁ EL CRÉDITO

mayo 6, 2020

Julio José Orozco
Abogado Comercialista de la firma OROZCO Legal & Co.
www.orozco.legal
j.orozco@orozco.legal

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DESTACADO: En plena emergencia sanitaria por el COVID-19, una iniciativa legislativa, a punto de convertirse en Ley de la República a falta de un solo debate, pondrá el crédito más lejos de lo que hoy está a órdenes de los ciudadanos de estratos bajo y medio, cuánto más de las PYME´s, en un muy duro momento de la historia reciente de Colombia.

Con falso vestido de acierto se tramita en el Congreso de la República un proyecto de ley que se anuncia como la panacea de los alivios a los sujetos de crédito; personas naturales y jurídicas afiliadas y/o usuarias de las instituciones financieras públicas y privadas en Colombia. Consta de ponencias y de un texto con muchos capítulos, bien escrito y estudiado, pero con el que fallan sin embargo sus autores, pues no se permiten un solo renglón para reflexionar sobre su grave y ulterior consecuencia si llegase a convertirse en norma: alejarán aún más el crédito de quienes verdaderamente lo necesitan.

La «ley de borrón y cuenta nueva«, como la han bautizado sus impulsadores, aunque pretende seguramente una finalidad altruista y hasta justa, -pues ordena obviar de las bases de datos, bodegas de datos, historiales y centrales de riesgo a ciudadanos morosos, para así habilitarlos automáticamente frente a los bancos-, sólo causará mayores estragos en la ya difícil terapia ciudadana y de la micro y mini empresa de optar por préstamos. Debajo de ese disfraz, -confeccionado seguramente con la mejor de las intenciones-, se agazapa no obstante una de fatales consecuencias para con la actualidad: las líneas de crédito que monta y se juega el Gobierno Nacional a través de iNNpulsa y Bancoldex, para aliviar a personas y PYME´s con ocasión de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, les serán aún más esquivas. Esta inicitiva legislativa debe pues detenerse, o por lo menos re-evaluarse, para lo que la pruebo como inconveniente, a continuación:

Recordarán los lectores que el Congreso de la República, -también con un falso ropaje para entonces-, abrió la puerta para que prácticamente se prohibiera a los operadores de telefonía móvil colocar a sus usuarios los dispositivos celulares a través de la figura del «financiamiento de su precio amarrado al plan contratado» (Ley 1341 de 2009, desarrollada en la Resolución CRC 3066 de 2011, regulación que reprime las cláusulas de permanencia). Lo que en principio pareció acertado, -pues se le vendió a los ciudadanos la sensación de que dichas empresas abusaban así de su bolsillo-, terminó por ser todo lo contrario: un golpe durísimo a sus finanzas, -todo un despropósito-, pues sólo produjo que tuviésemos desde entonces que comprar los aparatos a precio pleno (carísimos), artefactos tecnológicos que son hoy bienes de primera necesidad en este mundo conectado y globalizado. Esto se explica, sencillamente, en que los operadores, -con ocasión de dicha norma-, trasladaron el «riesgo de des-fidelización» a los usuarios, mismo que antes administraban en forma de política comercial y corporativa interna (ellas soportándolo) y cuyo manejo estaba dirigido a la conquista y permanencia de la clientela.

¿Se repetirá la historia con este proyecto de «ley de borrón y cuenta nueva» si se convierte en legislación sancionada, promulgada y permanente? Si no se corrige, por supuesto que sí. Sabemos todos que los bancos se sirven hoy de una serie de «diagnósticos» (CIFIN, Datacrédito, otros) que les permiten medir el riesgo respecto de la colocación del crédito; todo un robusto sistema de cruce de «habeas data financiero» que ha sido prudentemente diseñado para que se promueva una cultura de cartera medible, recuperable, recaudable y sana, lo que garantiza que el mercado formal de los préstamos sea asequible y practicable, pues no impera por ende en el mismo la desconfianza. (elemental: al administrarse y atomizarse el riesgo, se abarata el crédito)

¡Ojo pues! Si el Congreso de la República opta por forzar a las instituciones pertenecientes al Sistema Financiero a que desconozcan las mediciones que sobre el riesgo crediticio se modelan respecto de todos lo afiliados y usuarios del mismo, los bancos terminarán obviamente trasladando a ellos la dicha ausencia del sistemático análisis de contingencia, lo que tendrán que soportar en forma de costo. Es decir: les va a salir a los ciudadanos y a las PYME´s más caro el precio del crédito. Recordemos que es así como llaman los economistas al «interés«.

Respetuosamente lo digo: es por el momento inconveniente el proyecto de ley, pues vende una falsa ilusión a los ciudadanos y a las PYME´s, quienes ya de por sí se encuentran en aprietos respecto de sus obligaciones, versus sus oportunidades de acudir al crédito. Ciertamente, los fenómenos despreciables del «gota a gota» y otros, asesinan al actor del comercio no bancarizado, pero no es a través de medidas cortamente pensadas que dejarán de existir. Hago un llamado al Congreso de la República para que honre la buena fe depositada en él por su electorado, ciudadanos del común a quienes debe explicárseles que los préstamos les serán, -con ocasión de la eventual realización y materialización de la iniciativa-, más costosos.

Evitemos pues este enriquecimiento sin causa en favor de la banca, -como bien lo tildarían los civilistas puros-, cuánto más si estamos en plena pandemia del COVID-19, crisis para la que se requiere de anegar la economía con circulante. Lo que debemos hacer, respetables Congresistas, es volverla más atractiva al ciudadano, legislándole, pero para que entre todos compartamos el riesgo que significa prestar; solidaridad de cuerpo ésta que asegura consecuencialmente la oportunidad de crédito barato para todos los colombianos. Pulula respecto de esta conclusión mucha prosa en páginas de la literatura especializada, de las que seguramente se servirán tanto el Ministerio de Hacienda como Asobancaria para invitar a los honorables Parlamentarios a que re-piensen la desaconsejable iniciativa.

Julio José Orozco O.
OROZCO Legal & Co.
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